Río Cuarto. Provincia de Córdoba
Río Cuarto. Provincia de Córdoba. Ordenanza 190/96
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RIO CUARTO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Artículo 1.– Prohíbese en el Ejido Municipal de la Ciudad de Río Cuarto la instalación de circos con animales.
Artículo 2.– Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES, RIO CUARTO, 14 DE OCTUBRE DE 1996.