Río Cuarto. Provincia de Córdoba

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Río Cuarto. Provincia de Córdoba. Ordenanza 190/96

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RIO CUARTO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Artículo 1.– Prohíbese en el Ejido Municipal de la Ciudad de Río Cuarto la instalación de circos con animales.

Artículo 2.– Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES, RIO CUARTO, 14 DE OCTUBRE DE 1996.