Ley 4567/10. Delfín Franciscana.

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Ley Provincial M Nº 4567 Digesto
Delfin Franciscana -Pontoporia Blainvillei-. Especie Protegida. Declaracion.
Sancionada el 29/07/2010 Promulgada el 19/08/2010 Por Decr.Nº: 686
Publicado en el B.O.Prov. Nº: 4860 Pag.: 1

Artículo 1º – Se declara al Delfín Franciscana (Pontoporia blainvillei) especie protegida en la Provincia de Río Negro.

Artículo 2º – Se entiende por especie protegida a lo determinado en el artículo 9º, inciso g) de la Ley Provincial Q Nº 2056.

Artículo 3º – Se prohíbe toda actividad de acercamiento con fines de caza, persecución, captura, acoso y hostigamiento, aprehensión, tenencia, como así también toda acción que impacte negativamente sobre esta especie y su hábitat.
Asimismo, se prohíbe toda actividad con fines científicos, educativos, recreativos o turísticos, sin autorización de los órganos provinciales competentes.

Artículo 4º – El incumplimiento de la presente Ley, será sancionado de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial Q Nº 2056, su reglamentación y toda otra norma que tenga como fin la protección de la fauna.

Artículo 5º – La autoridad de aplicación instrumentará los mecanismos necesarios para hacer efectivo lo establecido en los artículos precedentes.

Artículo 6º – Se instruye a las Direcciones de Pesca Marítima y Continental de la provincia de Río Negro, de los términos de la presente Ley.

Artículo 7º – La prefectura Naval cooperará en el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley.
A tal efecto, prestará la colaboración necesaria que le sea solicitada por la autoridad de aplicación o por quien la misma designe.

Artículo 8º – El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley.