Conservación de los recursos y animales no humanos

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31 de enero de 2016.

La contaminación del ambiente y el uso catastrófico de los recursos naturales llevó a una crisis multifacética que demandó la implementación de políticas ambientales urgentes. Así fueron surgiendo las primeras normas de Derecho Ambiental para proteger al ambiente y a la naturaleza que debían ser preservados debido a un derecho humano al medio ambiente sano y a la conservación de la biodiversidad. Dentro de esta idea, los animales no humanos son considerados un recurso natural. El objetivo es conservar ese recurso para poder seguir usándolo.

Por ejemplo, la ley nacional 22.421, de 1981, pensada desde una ética ambiental antropocéntrica para la cual los animales no humanos son parte de la naturaleza a explotar. Estas políticas y/o quienes las defienden o aplican, piensan al individuo animal en términos de un conjunto indiferenciado llamado “especie”. Si la especie se extingue, no se podrá cazar a sus integrantes o aprovecharlos de ninguna manera. Se establecen entonces cupos y se regula la caza, la cual pasa a ser delito cuando es furtiva, es decir, por dar cuenta de una ilegalidad que enseña que lo que está mal no es matar al individuo sino que está mal hacerlo cuando se hace sin proteger a esta entidad aprovechable que es la especie. Pero lo cierto es que siempre es matanza para el animal no humano. Para quienes defienden la preservación del medio ambiente, significan un adelanto en relación a las épocas donde no había limitación legal alguna.

El ejemplo más reciente que tenemos en Argentina es un decomiso de pieles de boas curiyú, en la provincia de Chaco, a quienes se han matado siempre para su uso en marroquinería. Los medios no solo se encargan de elogiar la acción, sino que festejan el hecho de que no se trató de un decomiso proveniente del comercio ilegal, sino que las pieles pertenecen al Programa de Aprovechamiento Sustentable de la Boa Curiyú, desarrollado desde el 2002.

Sin darse cuenta de que la posición de los derecho animales –tomada en sentido general– no está en el camino por venir de esta posición, y presionados por la idea de que ahora “es lo que hay”, se apoya a veces la aplicación de estas normas “ecológicas” de caza sustentable. Pero lo cierto es que quienes llevan adelante estas políticas apoyan esa matanza de animales no humanos dentro de una sociedad que la acepta, “protegiendo” una abstracción: la especie. Es la manera de proteger la posibilidad de continuar disponiendo de sus integrantes. No es la misma idea. Lo que estas normas y programas avalan es la continuación de las matanzas y la conversión de estas serpientes constrictoras acuáticas en objetos.

Podemos pensar que, si esto no se hace, sería peor porque no habría más boas. Pero esto no funciona ni teórica ni prácticamente a los efectos de cambiar el paradigma actual. A las que son exterminadas, no les significa ninguna diferencia. La razón por la que se las “protege” es que esto importa para poder seguir usándolas. Y a nosotros lo que nos importa, es que no tenemos que usar a los otros animales.

Ánima – Ética para los derechos animales.