Buenos Aires. Ordenanza 41.904/87
Artículo 1.– Prohíbese en todo el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires el ofrecimiento en concepto de premio o regalo con fines promocionales en ferias, exposiciones, espectáculos públicos, etcétera, de animales vivos de cualquier especie.
Artículo 2.– Comuníquese, etcétera. Juan Carlos Farizano. Cristina Guevara.