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Provincia
de Santa Fe
Resolución 1059 /93
VISTO: El Expediente Nº 00401-0047836-9 del registro
de este Ministerio, mediante el cual la Subsecretaría de
Educación, solicita la prohibición de la tenencia
de animales en cautiverio y de prácticas de vivisección
sobre los mismos, como tarea de laboratorio en el ámbito
de la escuela de la Provincia; y
CONSIDERANDO: Que esta propuesta iniciada por la "Red para
una mejor Calidad de Vida" (RED.CA.VI.), que congrega a entidades
ambientalistas y de servicio, surge como aporte para una toma de
conciencia educativa-ecologista;
Que las práctica de laboratorio cuyas experiencias requieren
el estudio de especies vivas, las exponen a la mutilación
y/o a la muerte mediante vivisección, disección, o
al cautiverio en medios no naturales;
Que ello constituye un acto despiadado e inhumano no contribuyendo
en nada a la enseñanza y formación de sentimientos
de libertad, comprensión, amor y respeto hacia los animales;
Que si bien en las escuelas agrotécnicas se impone la observación
directa de distintas especies, las mismas cuentan con espacios adecuados
donde se garantiza su adaptación al medio ambiente, aunque
no constituya su hábitat natural;
Que, consultados los organismos competentes de este Ministerio
y del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio,
coinciden en señalar que lo solicitado constituye un aporte
fundamental para formar a los alumnos como custodios de la fauna,
tanto regional como exótica y a rescatar valores humanos
de respeto y amor hacia los seres vivos;
Que lo solicitado se encuadra en los principios que rigen la legislación
vigente -Ley Nacional Nº 22421 y Ley Provincial Nº 4830;
ATENTO A ELLO EL MINISTERIO DE EDUCACION RESUELVE:
1º Prohibir en el ámbito de las escuelas de la Provincia,
la tenencia de cualquier especie animal no doméstico en
condiciones ambientales que atenten sus requerimientos bio-ecológicos.
2º Prohibir asimismo, las prácticas de vivisección
y disección en animales vivos, cualquiera sean sus propósitos.
3º Exceptúase de la presente norma legal a las Escuelas
Agrotécnicas que desarrollen tareas específicas
en la materia, las que deberán adoptar los recaudos necesarios
para la conservación de las especies en las condiciones
más naturales posibles.
4º Hágase saber, publíquese y archívese.
Ministerio de Educación. Santa Fe.
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