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Provincia
de Buenos Aires
Decreto 1120/66
PROHIBICION A LA POLICIA DE LA PROVINCIA DE QUE AUTORICE ESPECTACULOS
EN QUE SE HIERAN U HOSTILICEN ANIMALES (B. O. 29/VII/66)
Artículo 1.- La Policía de la provincia de
Buenos Aires no autorizará, bajo concepto alguno, la realización
de espectáculos públicos o privados de riñas
de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, conforme
a lo establecido por la ley nacional 14.346 (XIV-A, 133) y sus concordantes.
Artículo 2.- Por la Dirección de Asuntos Municipales
del Ministerio de Gobierno se notificará de los términos
de este decreto, a todos los intendentes municipales, a los efectos
pertinentes.
Artículo 3.- Comuníquese, etc.
MARINI - ESTEVEZ - 18 FEBRERO 1966
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