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Resolución Nº 976/93

 

PROHIBESE LA FABRICACION, FRACCIONAMIENTO O EXPENDIO DEL PRINCIPIO ACTIVO ESTRICNINA Y SUS SALES.

VISTO el Expediente Nº 196.189/93, presentado por la GERENCIA DE APROBACION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y FARMACOLOGICOS, que propicia dictar normas complementarias tendientes a la salvaguarda de la salud animal, la salud pública, el medio ambiente y el bienestar animal, y
CONSIDERANDO:

QUE ciertas drogas o principios activos a los cuales se les atribuía propiedades curativas o terapéuticas, la farmacopea internacional y nacional las ha desechado de la categoría de medicamento considerándoselas exclusivamente como "Tóxicos".
QUE la ESTRICNINA formaba parte de la lista de productos antes mencionados.
QUE los productos veterinarios que la contenían, han sido dados de baja de los Registros Nacionales o modificados en su constitución, excluyéndola de la misma.
QUE al no poseer propiedades terapéuticas reconocidas y ni siquiera, por lo cruento de su mecanismo de acción, ser aceptados como eutanásicos.
QUE la Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
QUE el suscripto es competente para resolver en esta instancia conforme a las facultades otorgadas por el Artículo 11 inciso O de la Ley 23.899

POR ELLO, EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL RESUELVE:


Artículo 1.- PROHIBASE en todo el territorio Nacional la fabricación, fraccionamiento o expendio del principio Activo ESTRICNINA y sus sales, así como también todos los productos oficiales y magistrales que lo contengan en su formulación, destinados al uso en Medicina Veterinaria.

Artículo 2.- El no cumplimiento de la presente Resolución será motivo de aplicación de las penalidades que prevén las reglamentaciones vigentes.

Artículo 3.- PASE a la GERENCIA DE APROBACION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y FARMACOLOGICOS a sus efectos.

Artículo 4.- Comuníquese, Publíquese, Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL Y Archívese.

DR. BERNARDO G. CANE
ADMINISTRADOR GENERAL SE.NA.S.A.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
BUENOS AIRES, 22 DE SEPTIEMBRE DE 1993

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