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Rafaela
Provincia de Santa Fe
Ordenanza 2932/96
VISTO: El expediente C.M. Nº 03095-1; y
CONSIDERANDO: Que es común observar en la
ciudad de Rafaela, como en tantas otras, espectáculos circenses
o sitios de entretenimiento que ofrecen con fines comerciales, benéficos
y/o didácticos ya sea como atractivo principal o secundario,
números artísticos, de destreza y/o simple exhibición
de especies de animales silvestres en cautiverio.
Que es realmente lastimoso observar que estos animales pierden su
estado ideal fuera de su habitat natural.
Que por cada uno de estos animales que se muestran en público,
muchos son los que quedan en el camino. Han pagado con su vida o
permanecen cautivos y pueden resistir la horrenda tortura que supone
el empleo del garrote, picana, aparejo, látigos, disparo
de fogueo sobre el oído con lo que se les "enseña"
la habilidad que deberá mostrar frente al público,
y cada vez que actúen será el temor el motor que los
mueva.
Que cuando nos disponemos a presenciar con nuestros niños
un espectáculo donde toda clase de animales son mostrados
exhibiendo sus "habilidades", lejos estamos de sospechar
la enorme cuota de dolor y muerte que las especies han debido pagar
para que este "entretenimiento" resulte posible.
Que todos debemos tomar conciencia, que protegiendo a los animales,
protegemos el medio ambiente y protegiendo el medio ambiente protegemos
al ser humano que habita en la región y a todos los que vendrán
en el futuro.
Que además de nuestro deber como Legisladores de sentirlo
de la manera expresada, nos hacemos eco de los expresos y fundamentados
pedidos de entidades de bien público, ecologistas como Asociación
Rafaelina Protectora de Animales, Jóvenes de la Terminalidad
Biológica, de la Escuela de Enseñanza Media Nº
204 "Domingo de Oro", Amigos de la Vida, vecinos preocupados
por el Medio Ambiente y el maltrato que en innumerables ocasiones
se les da a los animales y a nuestra comunidad en general.
Que atento a que en nuestra ciudad ha sido históricamente
ejemplo y espejo de muchas comunidades, y una vez más será
pionera conjuntamente con las ciudades de Junín, Rosario,
La Plata y pocas otras, de una conducta humana y progresista, igualable
a la de países verdaderamente avanzados.
POR TODO ELLO, EL CONCEJO MUNICIPAL DE RAFAELA SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA:
Artículo 1.- Prohíbese en el Municipio de
Rafaela, el establecimiento con carácter temporal o permanente
de exposiciones, espetáculos circenses o sitios de entretenimientos
que ofrezcan con fines comerciales, benéficos y/o didácticos
ya sea como atractivo principal o secundario, numeros artísticos,
de destreza y/o simple exhibición de especies animales
silvestres en cautiverio que involucre la explotación y
maltrato de los mismos.
Artículo 2.- Elévese al Departamento Ejecutivo
Municipal para su promulgación. Regístrese, publíquese
y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE RAFAELA A LOS
TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA
Y SEIS.
MUNICIPALIDAD DE RAFAELA
POR TANTO: Téngase por Ordenanza de la ciudad, cúmplase,
comuníquese, publíquese y archívese.
RAFAELA, 5 DE NOVIEMBRE DE 1996
C.P.N. RICARDO PEIRONE, Intendente Municipal
C.P.N. ALCIDES CALVO, Secretario de Gobierno
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