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Lincoln
Provincia de Buenos Aires
Ordenanza 1230/97
POR CUANTO EL CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA:
Artículo 1.- Adóptase como método eficiente
para el control de la reproducción de los animales domésticos
(canes-felinos) la práctica de la esterilización quirúrgica
en todo el ámbito del Partido de Lincoln.
Artículo 2.- Podrán ser objeto de esterilización
los animales citados en el Artículo 2º por haber sido
hallados abandonados en la vía pública o por expresa
voluntad de sus dueños.
Artículo 3.- Para el cumplimiento de los Artículos
precedentes el Departamento Ejecutivo habilitará las correspondientes
salas de esterilización quirúrgica las que estarán
bajo la supervisión del Departamento de Bromatología
Municipal.
Artículo 4.- Facúltese al Departamento Ejecutivo
a celebrar convenios con entidades protectoras de animales y profesionales
veterinarios para el logro de una eficaz acción relacionada
con el objeto de la presente.
Artículo 5.- El Departamento Ejecutivo arbitrará
los medios necesarios para realizar la difusión de la presente
Ordenanza con el objeto de concientizar a la población sobre
la necesidad y beneficios de la esterilización como método
de control a la población de animales domésticos.
Artículo 6.- Los gastos que demande la presente Ordenanza
serán imputados a la Partida 223-1-1-2-14-3 del Presupuesto
de Gastos Vigente.
Artículo 7.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo,
Promulgada, publíquese en el "Boletín Oficial
Municipal" y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE
DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
MUNICIPALIDAD DE LINCOLN
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA:
Artículo 1._ Promúlguese en la fecha la Ordenanza
que precede.
Artículo 1._ Refrenda el Secretario de Gobierno y Hacienda.
Artículo 3._ Comuníquese a Dirección de Salud,
Bromatología, Tesorería, A.L.P.A., Contaduría
y a quien más corresponda. Regístrese, Publíquese
en el Boletín Informativo Municipal y Archívese.
MUNICIPALIDAD DE LINCOLN
DECRETO 4199/97
DR. MANUEL SOLANA, Secretario de Gobierno
LINCOLN, 23 DE SEPTIEMBRE DE 1997
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