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Lincoln
Provincia de Buenos Aires
Ordenanza 1230/97

 

POR CUANTO EL CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:


Artículo 1.- Adóptase como método eficiente para el control de la reproducción de los animales domésticos (canes-felinos) la práctica de la esterilización quirúrgica en todo el ámbito del Partido de Lincoln.

Artículo 2.- Podrán ser objeto de esterilización los animales citados en el Artículo 2º por haber sido hallados abandonados en la vía pública o por expresa voluntad de sus dueños.

Artículo 3.- Para el cumplimiento de los Artículos precedentes el Departamento Ejecutivo habilitará las correspondientes salas de esterilización quirúrgica las que estarán bajo la supervisión del Departamento de Bromatología Municipal.

Artículo 4.- Facúltese al Departamento Ejecutivo a celebrar convenios con entidades protectoras de animales y profesionales veterinarios para el logro de una eficaz acción relacionada con el objeto de la presente.

Artículo 5.- El Departamento Ejecutivo arbitrará los medios necesarios para realizar la difusión de la presente Ordenanza con el objeto de concientizar a la población sobre la necesidad y beneficios de la esterilización como método de control a la población de animales domésticos.

Artículo 6.- Los gastos que demande la presente Ordenanza serán imputados a la Partida 223-1-1-2-14-3 del Presupuesto de Gastos Vigente.
Artículo 7.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Promulgada, publíquese en el "Boletín Oficial Municipal" y Archívese.


DADA EN LA SALA DE SESIONES A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
MUNICIPALIDAD DE LINCOLN

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA:
Artículo 1._ Promúlguese en la fecha la Ordenanza que precede.
Artículo 1._ Refrenda el Secretario de Gobierno y Hacienda.
Artículo 3._ Comuníquese a Dirección de Salud, Bromatología, Tesorería, A.L.P.A., Contaduría y a quien más corresponda. Regístrese, Publíquese en el Boletín Informativo Municipal y Archívese.

MUNICIPALIDAD DE LINCOLN
DECRETO 4199/97
DR. MANUEL SOLANA, Secretario de Gobierno
LINCOLN, 23 DE SEPTIEMBRE DE 1997

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