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Lanús
Provincia de Buenos Aires
Ordenanza 9358/01
POR CUANTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO LA SIGUIENTE
ORDENANZA:
Artículo 1.- Prohíbase en todo el ámbito
del Distrito el establecimiento temporal o permanente de espectáculos
de circos o similares que ofrezcan con fines comerciales, benéficos
o didácticos ya sea como atractivo principal o secundario
la exhibición y/o participación de animales cualquiera
sea su especie y que se encuentren en cautiverio.-
Artículo 2.- Queda derogada toda Ordenanza que se
oponga a la presente.-
Artículo 3.- Comuníquese, etc.-
Sala de Sesiones, Lanús, 3 de agosto de 2001.
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