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Buenos
Aires
Ordenanza 41.904/87
Artículo 1.- Prohíbese
en todo el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires el ofrecimiento
en concepto de premio o regalo con fines promocionales en ferias,
exposiciones, espectáculos públicos, etcétera,
de animales vivos de cualquier especie.
Artículo 2.- Comuníquese,
etcétera.
Juan Carlos Farizano. Cristina Guevara.
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