Movimientos
> Legislación > Normas
municipales > Ordenanzas
Añatuya
Provincia de Santiago del Estero
Ordenanza 229/00
VISTO: el Proyecto de Ordenanza presentado por
el Concejal Julio Cesar Stambuli y el Bloque de Concejales Justicialistas,
s/ADOPTAR COMO METODO EFICIENTE PARA EL CONTROL DE LA REPRODUCCION
INCONTROLADA DE ANIMALES DOMESTICOS Y VAGABUNDOS, LA PRACTICA DE
LA ESTERILIZACION QUIRURGICA EN TODO EL AMBITO DE LA CIUDAD; con
pase a: la Comisión de CULTURA, MORALIDAD, EDUCACION, SALUD
PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL en Sesión del día 16-05-00;
TRATAMIENTO de DESPACHO Y APROBACION UNANIME de este H. Cuerpo en
Sesión Ordinaria del día seis de junio de año
dos mil; y
CONSIDERANDO: la nota presentada por Asociaciones
Protectoras de Animales de la Ciudad de Añatuya, los antecedentes
y experiencias llevadas a cabo en diversas municipalidades de nuestro
país en relación a la esterilización como forma
de control de la superpoblación de animales domésticos
y la necesidad de contar con un sistema eficiente para dicho control;
Que no afrontar y dar solución a esta situación, conlleva
también a desatender situaciones que hacen a la salud pública,
como es el caso de las patologías zoonóticas (enfermedades
transmisibles al hombre);
Que es la prevención el método idóneo para
frenar la superpoblación de animales domésticos, controlándose
en consecuencia dichas patologías con posibilidad de transmisión
al hombre;
Que el método de la matanza de animales domésticos
abandonados ha demostrado carecer de fundamentos éticos y
eficaces por no haber disminuido la cantidad de animales abandonados,
de no haber solucionado las causas que originaron esta situación;
Que la práctica de la esterilización quirúrgica
es aceptada en todo el mundo y en muchas partes de nuestro país
como un método correcto para controlar la superpoblación
animal en contraposición al sacrificio o "eutanasia",
procedimiento deleznables que en los hechos se realiza;
Que dicha metodología (matanza de animales abandonados) ha
demostrado ser absolutamente ineficaz, porque la muerte sólo
ataca las consecuencias del problema, pero no las causas;
Que la "eutanasia" ofrece sólo una solución
aritmética al problema de la superpoblación animal.
Cada animal sometido a "eutanasia" reduce sólo
en un ejemplar la población, pero en realidad un perro o
un gato se reproducen geométricamente;
Que, mientras por un lado se mata a los animales abandonados, el
conjunto de la población animal (con o sin dueño),
continúa aumentando geométricamente y este accionar
no sólo carece de ética y eficacia, sino que se torna
cada vez más gravoso para el erario público;
Que las proyecciones señalan que al cabo de pocos años
de castración sistemática, se controlará total
y definitivamente la superpoblación de animales domésticos;
Que, existe un alto grado de concientización en la población
que acepta y reclama este método ético, eficaz y en
definitiva la más económica forma de control de la
población animal;
Que por todo ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE AÑATUYA
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1.- Adóptase como método
eficiente para el control de la reproducción incontrolada
de animales domésticos y vagabundos, la practica de la
esterilización quirúrgica en todo el ámbito
de la ciudad de Añatuya.-
Artículo 2.- Dicha práctica quirúrgica
estará a cargo de los Veterinarios de la Municipalidad
de la Ciudad de Añatuya.-
Artículo3.- Facúltase al Departamento Ejecutivo
Municipal a celebrar convenios con las Entidades Protectoras,
Entidades Intermedias, Cooperadoras o Profesionales Veterinarios
para el logro de una eficaz acción sobre el particular.-
Artículo. 4.- Se impondrá un trabajo muy
estrecho entre los responsables de esta área y las entidades
protectoras de animales. Estas entidades brindarán a la
Municipalidad todo el asesoramiento técnico y la colaboración
necesaria, teniendo como meta la protección y esterilización
de los animales domésticos con el fin de evitar la proliferación
indiscriminada.-
Artículo 5.- La Autoridad de Aplicación de
la presente Ordenanza, desarrollará acciones tendientes
a su difusión, a través de los distintos medios
de comunicación.-
Artículo 6.- El gasto presupuestario que demande
la implementación de esta Ordenanza será obtenido
de Rentas Generales.-
Artículo 7.- Para su conocimiento y demás
efectos, pase al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Artículo.8.- Comuníquese, publíquese
en Boletín Municipal, dese al registro de Ordenanzas y
archívese.
AÑATUYA (SDE), SALA DE SESIONES DEL H.C.D., JUNIO 06 DE
2000.
Movimientos
> Legislación > Normas
municipales > Ordenanzas