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Partido de la Costa
Provincia de Buenos Aires
Decreto 279/93

 

VISTO: El Expediente H.C.D. 0276-E-92, caratulado "Solicitud derogación Ordenanza 944/90", y

CONSIDERANDO: Que, la presentación efectuada por la Sociedad Protectora "Amigas de los Animales", se observa un acabado conocimiento de la temática, con objetivos claros y precisos como la preservación y protección de especies animales, las cuales son compartidos por este Honorable Concejo Deliberante.-

Que, la problemática que se planteó en nuestra zona por la descontrolada proliferación de animales vagabundos, con los conocidos riesgos que ello implica, en cuanto a seguridad y salubridad, hacían necesario la adopción de medios eficaces para contener el incesante crecimiento, llevó a este H.C.D. a dictar la Ordenanza Nº 944/90, estableciendo un método eficiente para el control de la reproducción de animales, como lo es la práctica de la esterilización.-

Que, la matanza de los animales abandonados ha demostrado ser absolutamente ineficaz, ya que la muerte sólo ataca las consecuencias del problema pero no las causas; mientras la eutanasia reduce sólo en un ejemplar la población animal, la esterilización impide el crecimiento geométrico de la misma.-

Que, la Ordenanza cuestionada encuadra en las prescripciones del Artículo 16 de la reglamentación de la Ley 8056/73.-

Que, por los fundamentos esgrimidos y ante la pretensión manifiesta de la entidad Amigas de los Animales, estimamos procedente el rechazo de lo solicitado.-

POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DEL PARTIDO DE LA COSTA, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO:

Artículo 1.- Recházase la solicitud de derogación de la Ordenanza 944/90 presentada por la Sociedad Protectora "Amigas de los Animales", por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-

Artículo 2.-
Comuníquese a la Sociedad recurrente.-

Artículo 3.-
Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE LA COSTA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-

2005

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